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Categorías: Autónomos

Trabajador Autónomo y la prevención de riesgos laborales
19 dic

Trabajador Autónomo y la prevención de riesgos laborales

Los trabajadores autónomos han sido a lo largo del tiempo los grandes desprotegidos en materia de siniestralidad laboral y de prevención de riesgos laborales.

En la última década, esta situación ha ido cambiando gracias a la aparición de legislación que vela por este colectivo. Desde la entrada en vigor de la Ley del Estatuto del trabajo autónomo (Ley 20/2007, de 11 de julio, con sus posteriores modificaciones), ya se contemplan derechos y deberes del trabajador autónomo en materia de seguridad y salud laboral.

Igualmente el pasado 25 de octubre, se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, como necesidad de seguir avanzando en el desarrollo de nuevas medidas de apoyo. Concretamente en su artículo 14 establece como novedad la equiparación a efectos de contingencia profesional derivada de accidente de trabajo in itinere, es decir se reconoce el accidente de trabajo “in-itinere” a los autónomos. Se considera como tal el ocurrido al ir o al volver del lugar de la prestación de la actividad económica. Se requiere que el lugar de prestación de la actividad no coincida con el domicilio del autónomo y se corresponda con el declarado afecto a la actividad. La única limitación o exclusión será para aquellos autónomos que realizan su actividad desde el propio domicilio. La prestación se podrá solicitar en sus grados parcial, total, total cualificada o absoluta, llegando a extenderse por un periodo de doce meses.

Cuando los autónomos tienen personas trabajando a su cargo pasan a tener las obligaciones de empresario y por tanto tienen la obligación de gestionar la prevención de riesgos laborales según establece la Ley 31/1995 LPRL:

  • En empresas de hasta diez trabajadores el empresario (autónomo) o a través de un trabajador designado, podrá ocuparse de organizar la prevención siempre que desarrolle de forma habitual su actividad en el centro de trabajo y que tenga la capacidad necesaria, en función de los riesgos de la empresa.
  • El empresario podrá desarrollar personalmente ( o a través de un trabajador designado) la actividad de prevención, con excepción de las actividades relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores, si se cumplen las siguientes condiciones:
  1. Cuando se trate de empresas de hasta diez trabajadores, o que tratándose de empresas de hasta veinticinco trabajadores, se disponga de un único centro de trabajo.
  2. Que las actividades desarrolladas en la empresa no estén consideradas de riesgo especial (Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención).
  3.  Cuando de forma habitual desarrolle su actividad profesional en el centro de trabajo.
  4. Que tenga la capacidad correspondiente a las funciones preventivas que va a desarrollar, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.
  5. El empresario autónomo no podrá asumir por sí sólo, la aplicación de las disciplinas de higiene industrial en centros de trabajo con exposición a riesgos químicos y/o biológicos.
  • La plataforma Prevencion10.es ofrece asesoramiento en materia de prevención de riesgos laborales. Este servicio público permite gestionar la actividad preventiva con medios propios, pudiendo elaborar la evaluación de riesgos laborales y plan de prevención de forma sencilla y totalmente gratuita.

Pero, ¿cómo debe gestionar la prevención de riesgos laborales un autónomo sin trabajadores a su cargo?

  • En primer lugar, NO tiene la necesidad de disponer de una organización que se encargue de la prevención de riesgos laborales (PRL), no se exige tener una evaluación de riesgos ni un plan de prevención de riesgos.
  • En ocasiones hay autónomos sin trabajadores a su cargo pero que se ven afectados por la normativa sobre coordinación de actividades empresariales (artículo 24.2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, prevé la concurrencia de trabajadores de varias empresas en un centro de trabajo). En este caso, debe existir un intercambio de información sobre los riesgos laborales derivados de todas las actividades concurrentes en un mismo centro de trabajo.

En general, el trabajador autónomo tiene derecho a:

  • Recibir la información necesaria y suficiente para que el uso y manejo de maquinaria, equipos de trabajo, productos, materias primas y utensilios se realice sin riesgos para su seguridad y salud.
  • Recibir del empresario titular o principal del centro de trabajo la información e instrucciones necesarias y suficientes respecto de los riesgos existentes, las medidas de prevención y protección, y de los procedimientos y/o protocolos establecidos para situaciones de emergencia y evacuación del centro de trabajo.

El trabajador autónomo, por su parte, tiene las siguientes obligaciones:

  • Tener en cuenta la información recibida del empresario titular del centro de trabajo.
  • Cumplir las instrucciones dadas por el titular del centro de trabajo.
  • Facilitar información, al empresario titular o principal del centro de trabajo, de los riesgos laborales que se derivan del desarrollo de su actividad.

La plataforma Prevencion10.es ofrece igualmente asesoramiento en materia de prevención de riesgos laborales al trabajador autónomo sin trabajadores a su cargo, facilitando documentos que permitan reflejar la información de los riesgos laborales expuestos a su actividad y así dar el cumplimiento a la coordinación de actividades empresariales.

Jordi GuartJorge Orpez
Jordi Guart y Jorge Orpez
Departamento de Prevención de Riesgos Laborales Activa Mutua

Engagement y autónomos: del concepto a la realidad
11 may

Engagement y autónomos: del concepto a la realidad

En el ámbito laboral aparecen constantemente palabras que inicialmente nos desconciertan pero terminan formando parte del vocabulario cotidiano, como el stress, el mobbing, el burnout, etc.

Todos estos ejemplos tienen una connotación negativa, afortunadamente no es el caso del engagement, otra palabreja que asoma en muchas conversaciones cuando se buscan soluciones para incrementar la motivación o la productividad.

Para el que no esté familiarizado con este concepto, el engagement se define desde la investigación como un estado mental positivo en la realización del trabajo, que se caracteriza por vigor, dedicación y absorción.

Ahora seguro que les viene a la mente algún rostro conocido. Ya saben de qué estamos hablando; de esas personas apasionadas con lo que hacen, volcadas en el proyecto que tienen entre manos y tenaces en su visión.

Quizás alguna de esas caras pertenezca a un trabajador por cuenta propia, existen 3.150.000 de autónomos en España, de muy diversa índole, emprendedores, autoempleados, autónomos dependientes, socios de cooperativas, administradores de empresas, profesionales de libre ejercicio, etc.

Los vemos a diario, en su quehacer cotidiano, y no advertimos qué los diferencia de otros trabajadores, qué hace de ellos trabajadores incansables, apasionados en su proyecto, dedicados en cuerpo y alma, amantes de su profesión, implicados a tiempo completo; es su actitud, ahora sabemos que se llama engagement.

La actitud de los autónomos hacia el trabajo es la raíz de la que se alimenta su compromiso, su energía, su valentía, su tenacidad y su resistencia. La confianza que mantienen en sus ideas como pioneros o como conservadores de labores tradicionales, promotores de la economía local, sustentadores de la conciliación familiar, que asumen todos los riesgos y están solos frente a las perdidas.

Son un magnifico referente cuando buscamos lo mejor de nosotros mismos o deseamos potenciar lo mejor de nuestro equipo. Esta realidad no ha pasado desapercibida en Activa Mutua fruto de su experiencia y su proximidad al mutualista.

Por ello desde el Departamento de Prevención y en colaboración con la Universidad de Huelva, se está desarrollando una investigación en este sentido, en la que la actitud de los autónomos se vincula con su salud laboral, cualquier autónomo que desee colaborar en dicha investigación únicamente ha de contestarse un cuestionario on line al que se accede desde la pagina web.

El proyecto es muy ambicioso, consta de una primera fase de investigación y culminará con el desarrollo de una herramienta interactiva que proporcione a los mutualistas la oportunidad de alcanzar la excelencia personal mediante el desarrollo de sus competencias personales y profesionales.

Si eres uno de ellos, no lo dudes, participa, nos interesa conocer más sobre ti, como autónomo, como profesional y como persona.

 

 Marta Cabezas – Técnica Superior en PRL de Activa Mutua

Marta Cabezas

17 dic

El periódico MAGISTERIO y ACTIVA MUTUA realizarán talleres sobre prevención laboral

El Grupo Siena, empresa editora del periódico MAGISTERIO y ACTIVA MUTUA han alcanzado un acuerdo de colaboración para emprender una serie de campañas informativas sobre temas relacionados con el fomento de la cultura preventiva en materia de salud laboral dirigidas a docentes de los centros educativos de toda España. 
Los talleres están especialmente enfocados a todos los profesores, así como al personal directivo y responsables de prevención de riesgos laborales. Tendrán lugar en la primera mitad del próximo año 2015, entre los meses de enero y junio, con una periodicidad quincenal y dos horas y media de duración. 
Los contenidos de los talleres estarán basados en cuatro temas: Prevención de las Patologías de la Voz, Primeros Auxilios Pediátricos, Inteligencia Emocional en Docentes y Riesgos Psicosociales en Docentes. Estos talleres se repetirán en varias ocasiones a lo largo de ese periodo. Cada taller tendrá una ratio máxima de 15 alumnos. 
Activa Mutua, mutua de referencia del sector de la enseñanza, ha creado la primera oficina corporativa a nivel nacional, denominada Oficina Nacional del Sector de la Enseñanza (ONSE). 
La ONSE está compuesta por técnicos de todas las disciplinas profesionales relacionadas con la salud de los trabajadores de la docencia y ha elaborado un protocolo de servicios en materia de Prestaciones de Seguridad Social y Prevención de Riesgos Laborales, para garantizar y prevenir los riesgos inherentes a la función de profesor. 

Otros servicios proporcionados desde la ONSE son los siguientes: 
-Enfermedades profesionales en el sector de la enseñanza. 
-Asesoramiento en Protocolo de Vigilancia de la Salud específico para Docentes. 
-Asesoramiento en Formación Foniátrica Preventiva.  Riesgos durante el Embarazo y/o Lactancia natural de la Trabajadora del Sector de la Docencia. 
-Asesoramiento en cursos de Primeros Auxilios, orientados a la profesión y a la existencia de niños en su trabajo. 
-Asesoramiento en formación en Materia Relacionada con los Planes de Autoprotección. 
Además, la Oficina Nacional del Sector de la Enseñanza dispone de un mail propio (onse@activamutua.es) abierto a toda la comunidad educativa donde podrá compartir aquellos artículos de fondo que considere de interés para el sector.